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Decreto 90/2002 de Galicia

Decreto 90/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crean los registros gallegos de Identificación de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos y de Adiestradores Caninos.

Artículos que citamos

Artículo 3.3 · Seguro de responsabilidad civil
3. Los dueños de los animales potencialmente peligrosos subscribirán un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de ciento veinticinco mil euros (125.000 euros), que se renovará anualmente, por su responsabilidad derivada de los daños que el animal pueda causar a terceros, aunque el animal haya sido cedido a otra persona para su cuidado. La constitución del citado seguro será requisito indispensable y previo para la identificación de los animales e inscripción en el registro.
Decreto 90/2002 de Galicia, Artículo 3.3Fuente oficial(se abre en otra pestaña)Verificada el 29 de septiembre de 2026

Obligaciones que se apoyan en esta norma

Ninguna obligación de la consulta se apoya todavía en esta norma.

Historial de cambios

No hemos registrado cambios en esta norma desde que la verificamos.

Información divulgativa. No es asesoramiento jurídico.